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Ayudas al retorno a Extremadura de las personas extremeñas en el exterior y sus familias

Becas y ayudas
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social
Hasta el 15 de octubre
D.O.E. nº 4 de 8 de enero de 2025
Personas extremeñas en el exterior, que tengan dicha consideración de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de los Extremeños en el Exterior, que regresen a Extremadura de manera definitiva.

Se convoca el Programa I de las ayudas para facilitar el retorno a Extremadura de las personas extremeñas en el exterior y sus familias, para el ejercicio 2025.

  • Haber residido fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura un periodo mínimo de tres años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de su retorno.
  • No haber transcurrido más de un año desde la fecha de su retorno a Extremadura.
  • Estar empadronado y tener residencia efectiva en algún municipio de Extremadura en el momento de presentar la solicitud.
  • Las rentas o ingresos brutos, en cómputo anual de enero a diciembre, de la unidad familiar no deben superen determinados límites.
Cuantía única de 1.500 euros, incrementados en 350 euros en las siguientes situaciones:
  • Cuando la unidad familiar tenga la condición de familia numerosa.
  • Cuando la persona solicitante o algún miembro de la unidad familiar tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Cuando la persona solicitante o algún miembro de la unidad familiar haya sido objeto de violencia de género.
  • Cuando la persona solicitante o algún miembro de la unidad familiar ostente la condición de víctima del terrorismo.