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Subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en Extremadura

Becas y ayudas
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
Hasta el 6 de junio de 2025
D.O.E. nº 109 de 6 de junio de 2024
Se convocan subvenciones dirigidas al fomento y consolidación del empleo autónomo en Extremadura, a través de los siguientes programas:
  • Programa I: Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.
  • Programa II: Ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador.
  • Programa III: “Tarifa Cero para nuevos autónomos”. Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas para sufragar el coste de la cuota de la Seguridad Social o mutualidad alternativa.
  • Programa IV: Ayudas a personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Programa V: Ayudas a las personas trabajadoras autónomas que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I previstas en el presente decreto de bases reguladoras, para el mantenimiento del alta en RETA o mutualidad alternativa durante un período de 12 meses adicional al período de mantenimiento obligatorio ordinario de 24 meses.

La vigencia de la convocatoria de ayudas tendrá una duración de un año. La subvención deberá solicitarse desde la fecha de inicio de la actividad o fecha real de alta que con tal carácter exprese la Tesorería General de la Seguridad Social o, en su caso, en la mutualidad alternativa, y los cinco meses naturales siguientes a aquél en que se produce tal inicio.  La solicitud para el Programa V se realizará de manera simultánea al Programa I.

Ampliar información en la convocatoria.