Se convocan becas de viaje para personas jóvenes extremeñas destinadas a fomentar el conocimiento de la Unión Europea, para el ejercicio 2024.
Las becas de viaje tienen por finalidad apoyar y facilitar la realización de un plan de viaje en tren por los distintos sistemas ferroviarios nacionales que aceptan el billete Interrail, por parte de las personas beneficiarias integradas en un grupo de viaje, para fomentar entre las personas jóvenes extremeñas el conocimiento de los pueblos, los territorios y las instituciones de la Unión Europea. El viaje debe realizarse entre el 1 de julio y el 15 de septiembre de 2024.
La Comisión de Valoración puntuará las solicitudes de los grupos de viaje de acuerdo con los siguientes criterios:
- Por el número de integrantes del Grupo de Viaje:
- Tres integrantes: un punto.
- Cuatro integrantes: dos puntos.
- Cinco y seis integrantes: tres puntos.
- Por el número de países de la Unión Europea incluidos en el Plan de Viaje, sin contar España:
- Tres países: un punto.
- Cuatro países: dos puntos.
- Cinco o más países: tres puntos.
- Por incluir en el Plan de Viaje la visita a ciudades que sean sede de alguna de las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea o en las que se haya firmado alguno de los tratados constitutivos de la CECA, CEE, CEEA (Euratom), CE o de la UE y se indique en la solicitud: un punto y medio por ciudad hasta un máximo de siete puntos y medio.
- Por incluir en el Plan de Viaje la visita a ciudades que sean Capital Europea de la Cultura en el año de la convocatoria o que estén celebrando actividades docentes, culturales o deportivas abiertas al público durante las fechas de realización del viaje y se indique expresamente en la solicitud el enlace a la web que permita comprobar la realización de la actividad: un punto por ciudad hasta un máximo de cinco puntos.
- Por la existencia de paridad de hombres y mujeres en el grupo de viaje (proporción entre los géneros entre el 40 % y el 60 %), de acuerdo con los datos que figuran en la solicitud: cuatro puntos.
A efectos de su valoración, se considerará como visita a una ciudad la permanencia de, al menos, 24 horas completas en la misma, a contar desde la hora de llegada prevista del tren a esa ciudad hasta la hora de partida prevista del tren hacia el siguiente destino.