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Programa "Bono formación en el sector del transporte"

Actualidad
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
Hasta el 8 de octubre de 2025
D.O.E. nº 196 de 8 de octubre de 2024

Personas trabajadoras desempleadas y ocupadas.

Se convocan las subvenciones del programa "Bono formación en el sector del transporte" destinadas a financiar la formación teórica y, en su caso, práctica, impartida por las autoescuelas de la Comunidad Autónoma de Extremadura adheridas al programa y conducente a la obtención de los siguientes permisos:

  • Permiso B.
  • Permisos C y C+E, destinados al transporte de mercancías.
  • Permiso D, destinado al transporte de viajeros/as.

Se establecen los siguientes programas de subvención:

  • Programa I: Permiso de conducción B. Será subvencionable la formación teórica.
  • Programa II: Permisos de conducción C, C+E o D. Serán subvencionables las siguientes actuaciones formativas:
    • Formación teórica.
    • Formación práctica, consistente en 20 clases de maniobras o circulación, con una duración de 30 minutos por clase.
Una vez que la persona titular de un bono formación obtenga la calificación de “apto” tanto en la formación teórica como, en su caso, en la parte práctica, podrá presentar una nueva solicitud para la concesión de otro bono, con el fin de obtener otro permiso de conducción.
A cada beneficiario/a se podrá conceder un máximo de tres bonos formativos, para la obtención de tres permisos de conducción diferentes.
El Servicio Extremeño Público de Empleo abonará a cada autoescuela la cantidad correspondiente al bono formación de cada una de las personas formadas, una vez finalizada y justificada la formación teórico-práctica, y su concurrencia al examen teórico.
  • Tener domicilio habitual en un municipio perteneciente a la Comunidad Autónoma de Extremadura con una antigüedad de al menos 6 meses a fecha de presentación de la solicitud.
  • En el caso de que la persona solicitante sea una persona desempleada, deberá encontrarse inscrita como demandante de empleo en un Centro de Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, a fecha de presentación de la solicitud.
  • En el caso de que la persona solicitante sea ocupada, deberá encontrarse trabajando en un centro de trabajo ubicado en la Comunidad Autónoma de Extremadura a fecha de presentación de la solicitud.
  • En el caso de solicitar el bono de formación para obtener el permiso de conducir B, deberá pertenecer a alguno de los siguientes colectivos, a fecha de presentación de la solicitud:
    • 1º Mujeres con domicilio habitual en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura menores de 20.000 habitantes.
    • 2º Personas desempleadas de larga duración, es decir, aquellas que hayan estado inscritas en el Centro de Empleo al menos 12 meses en los 18 anteriores a la solicitud del bono de formación.
    • 3º Personas ocupadas de los sectores productivos del transporte, de la logística y del comercio.
  • Reunir los requisitos para obtener el correspondiente permiso de conducción objeto del bono formación solicitado, a fecha de presentación de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Conductores. Ampliar información en la convocatoria.
Se consideran incluidos como costes subvencionables de la actividad formativa la matrícula en la autoescuela, el material de enseñanza necesario para realizar dicha formación y la cobertura del riesgo de accidente y responsabilidad civil de los/as alumnos/as por la asistencia a la acción formativa y, en su caso, a las clases prácticas.
Cuantía de la subvención:
  • Para el bono de formación del permiso de conducción B: 400 €.
  • Para el bono de formación de los permisos C o D: 1.300 €.
  • Para el bono de formación del permiso C+E: 1.500 €.
El importe de la subvención no podrá superar, en ningún caso, el coste de la formación.