Estudiantes de arquitectura y jóvenes arquitectos con nacionalidad española, portuguesa o ciudadanos con permiso de residencia en España o Portugal que, a la fecha de finalización de la entrega de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:
- Estudiantes:
- Haber superado en alguna escuela de arquitectura de España o Portugal, como mínimo, el 60% de los créditos necesarios para obtener el título habilitante para el ejercicio de la profesión de arquitecto.
- Estar matriculado en el curso 2022/2023 en alguna escuela de arquitectura de España o Portugal.
- Arquitectos: Haber obtenido el título habilitante para el ejercicio de la profesión de arquitecto en una escuela de arquitectura de España o Portugal, o haber obtenido el título fuera de dichos países y homologado en alguno de ellos, después del 30 de abril de 2022.